• ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE VOTO ASAMBLEA GENERAL (73 MIEMBROS):

o Por sectores:

 Sector Público (Ayuntamientos) 46,58% → 34 derechos de voto.
 Sector Privado (Asociaciones) 53,42% → 39 derechos de voto.

o Individualmente:

 A cada representante municipal le corresponde → 1 derecho de voto.
 A cada representante asociativo privado le corresponde → 1 derecho de voto.

o Para la válida adopción de acuerdos es preciso que el sector privado alcance una asistencia de al menos el 51% de los derechos de voto presentes en la votación, contabilizándose también a estos efectos los correspondientes a las delegaciones de voto que formalmente se hayan conferido por aquellos representantes que no asistan a la sesión.

• ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE VOTO JUNTA DIRECTIVA (21 MIEMBROS):

o Por Sectores:
 Sector Público (Ayuntamientos) – 42,86% → 9 derechos de voto.
 Sector Privado (Asociaciones) – 57,14% → 12 derechos de voto.

o Individualmente:

 Varón representando al Sector Público 1 derecho de voto.
 Mujer representando al Sector Público 1 derecho de voto.
 Varón representando al Sector Privado 1 derecho de voto.
 Mujer representando al Sector Privado 1 derecho de voto.

o Para la válida adopción de acuerdos es preciso que el sector privado alcance una asistencia de al menos el 51% de los derechos de voto presentes en la votación, contabilizándose también a estos efectos los correspondientes a las delegaciones de voto que formalmente se hayan conferido por aquellos representantes que no asistan a la sesión.

o Por Género:
 Hombres – 52,38% → 11 derechos de voto.
 Mujeres 47,62%→ 10 derechos de voto.

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